Observatorio

Estudio de los accidentes laborales no traumáticos

La definición de accidente de trabajo se establece en el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, como "toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión del trabajo que ejecute por cuenta ajena". Esta norma amplía el concepto con la presunción, salvo prueba en contrario, de que todas las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo, son constitutivas de accidente de trabajo.

Se consideran accidentes no traumáticos, aquellos acontecidos sin agente físico externo que cause lesiones al trabajador. Son los infartos, derrames y otros accidentes que aunque no tienen un mecanismo externo de producción, pueden estar ligados a las condiciones de trabajo y, en todo caso, tienen la calificación de accidentes de trabajo al producirse durante el desempeño de éste. Estos accidentes aparecen tipificados en los partes de accidente comunicados, a través del sistema Delt@ (Declaración electrónica de trabajadores accidentados), en la variable forma de contacto, codificados con el número 90. Si bien estos accidentes son pocos en relación con el total, son una parte importante de los accidentes mortales. Como ejemplo, en el año 2012 de los 45 accidentes mortales en jornada de trabajo, contabilizados por fecha de validación en ese año, 12 corresponden a accidentes no traumáticos lo que supone el 26,67%, siendo la forma más frecuente de producción de accidentes mortales

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