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Miércoles, Diciembre 11, 2013

Técnicos del ISSGA colaboran en la formación de los usuarios profesionales de productos fitosanitarios de nivel cualificado

Técnicos del Centro del ISSGA de Ourense colaboran durante este año con la Consejería de Medio Rural y del Mar en la impartición de tres cursos de capacitación como usuarios profesionales de productos fitosanitarios de nivel calificado. El tercero de estos cursos, que tienen una duración de 60 horas, termina el próximo 20 de diciembre con lo que serán cerca de 100 las personas que realizaron esta formación durante este año.
Los cursos fueron impartidos tanto en la provincia de Ourense como en la de Lugo y los técnicos del ISSGA participaron en la parte relativa a la peligrosidad de los productos fitosanitarios para la salud de las personas, y muy especialmente en su consideración como trabajadores, que incluye los riesgos para el aplicador, las intoxicaciones y otros efectos sobre la salud, la vigilancia sanitaria de la población expuesta a plaguicidas, las prácticas de primeros auxilios, así como en la parte dedicada a medidas para reducir los riesgos sobre la salud, que comprende los niveles de exposición del operario, los posibles riesgos derivados de realizar mezclas de productos, las medidas preventivas y de protección del aplicador y los equipos de protección individual, así como también una parte práctica dedicada a la identificación y utilización de EPI.
 
El Real Decreto 1311/2013 define, en su artículo 3, al usuario profesional como cualquier persona que use productos fitosanitarios en el ejercicio de su actividad profesional, incluidos los operadores, técnicos, empresarios o trabajadores autónomos, tanto en el sector agrario como en otros sectores. Asimismo, este real decreto la cree el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO), que comprende, entre otras, la actividad de manipulación y utilización de productos fitosanitarios de uso profesional (en él deben estar inscritos todos los operadores profesionales que trabajen fabricando, formulando, comercializando, manipulando, transportando o aplicando). También se definen las figuras del distribuidor y del asesor, entre otros conceptos. La normativa distingue las aplicaciones profesionales tanto en el ámbito agrario como en el ámbito no agrario.
 
En cuanto a los usuarios no profesionales, que no deben cumplir los mismos requisitos, han limitado el acceso y compra solamente a los productos definidos en el Anexo VIII.1 y la aplicación solamente a unos determinados espacios (jardines, huertos domésticos..) y volúmenes de fitosanitarios (1 l. en aerosoles o productos diluidos; 500 gr. / 500 ml. para cualquier otro tipo de preparados) que, en todo caso, tendrán el control de los distribuidores en el momento de la narina.
 
También recoge esta normativa la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de los equipos de tratamiento que se utilicen para la aplicación de fitosanitarios, que deberán pasar sus correspondientes inspecciones periódicas.
 
En lo tocante a la formación, esta norma establece que a partir del 26 de noviembre de 2013, las comunidades autónomas deben garantizar el acceso a la formación a los usuarios profesionales según el tipo de capacitación requerido, y que a partir del 26 de noviembre de 2015 solo se podrán suministrar productos fitosanitarios para uso profesional a los titulares de un carné que acredite la formación establecida, previa inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO). Algunos de estos aspectos ya venían siendo exigibles en Galicia a causa de la normativa propia del año 2009.
 
Estas acciones complementan las que lleva realizando el ISSGA en el sector primario a través del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, entre las que destacan 43 cursos específicos de seguridad y prevención de riesgos laborales en actividades del sector agroganadero y forestal, diversas jornadas técnicas sobre la prevención en huerta e invernaderos y los equipos de aplicación de fitosanitarios, o la colaboración en estudios epidemiológicos relativos a la incidencia en la salud de los aplicadores de plaguicidas.