El Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (ISSGA) es un organismo autónomo adscrito orgánicamente a la Consellería de Economía, Empleo e Industria. De acuerdo con el establecido en la Ley 14/2007, de 30 de octubre, por la que se crea y regula, y nos sus estatutos aprobados por el Decreto 165/2014, se configura como un órgano técnico de la Xunta de Galicia en materia de seguridad y salud en el trabajo (en adelante SST).
Como singularidad de este órgano técnico destacar la presencia cualificada de los interlocutores sociales de Galicia junto con las distintas unidades directivas de la Xunta de Galicia en su órgano de gobierno, y por lo tanto en la toma de decisiones y en la ejecución de estas políticas públicas.
De acuerdo con su normativa reguladora, el Instituto desarrolla su actuación mediante un plan anual, como instrumento fundamental para dar cumplimiento a los fines y desarrollar las funciones que le son propias, en el marco de la estrategia que en esta materia adoptan los poderes públicos de Galicia.
Fruto del Diálogo Social en Galicia son las sucesivas estrategias gallegas de SST, hasta la actual para el período 2017-2020 en la que nos encontramos en su ecuador, acordada en el seno del Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral, que se adapta a las peculiaridades sociales, empresarias, demográficas, territoriales etc. de Galicia. La esta estrategia deben unirse las sucesivas estrategias españolas, la vigente 2015-2020, en la que Galicia participa tanto en su elaboración como en su ejecución, y en el ámbito europeo, como el actual Marco estratégico en materia de salud y seguridad en el trabajo 2014-2020.
Así, es objeto del plan anual el diseño y la priorización de acciones y medidas que se dirigen a la promoción, asesoramiento técnico, formación, información y seguimiento y control en materia de SST, en el 2019 adquiere especial relevancia por estar en el ecuador de la vigencia temporal de la estrategia gallega y por lo tanto reforzar aquellos aspectos en los que no está desarrollada íntegramente y en la medida que corresponden al ISSGA.
Por lo expuesto, este documento tiene por objeto determinar las actuaciones a desarrollar por el ISSGA durante el año 2019, con una doble finalidad:
- Por una parte, servir de guión para la ejecución de las funciones y desarrollo de las actividades técnicas.
- Por la otra, dar a conocer con la máxima transparencia a todas las personas y entidades interesadas la planificación de las actividades.
Este plan se aprobó en la reunión del órgano colegiado superior de gobierno del ISSGA que tuvo lugar el día 14 de diciembre de 2018, segundo consta en el acta de la dicha reunión.
En esta planificación se distinguen iniciativas nuevas que tienen una duración limitada en el tiempo, que puede ser anual o en algunos casos plurianual; otras que suponen la continuación de actividades iniciadas en años anteriores, y otras que constituyen actuaciones de carácter permanente del ISSGA de acuerdo con las funciones que tiene encomendadas según lo establecido en su ley de creación y en sus estatutos, y a medio plazo en el marco de la EGSST 2017-2020.

- Documentación