Jueves, Mayo 09, 2019
Analizamos en A Coruña las situaciones derivadas del riesgo laboral durante lo embarazo
A Coruña, 10 de mayo de 2019.- El ISSGA organizó hoy en su centro de A Coruña una jornada técnica, en colaboración con la Asociación Gallega de Prevención de Riesgos Laborales, sobre la actualización de la guía de ayuda para la valoración del riesgo laboral durante lo embarazo en la que participaron alrededor de 100 personas.
Los principales objetivos que se perseguían con esta actividad fueron:
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Fundamentar la necesidad de esta herramienta
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Destacar las novedades y la necesidad de esta actualización
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Mejorar la prevención del riesgo para el embarazo en las empresas y la adaptación de los puestos de trabajo en la situación de maternidad.
La incorporación plena de la mujer al comprado laboral y la realización de todo tipo de tareas, sumado a un estado de gestación, condicionó nuevas situaciones de incapacidad para el desarrollo de la actividad laboral. Esta incapacidad viene determinada por patologías propias de la gestación y por la posibilidad de que el desarrollo de la actividad profesional suponga la exposición a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que influyan negativamente en la salud de la madre o del feto.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que cada año 276.000 recién nacido fallecen durante lo primeras cuatro semanas de vida en el mundo, debido a anomalías congénitas.
Para una trabajadora gestante, la exposición a ciertos factores relacionados directamente con procedimientos en su puesto de trabajo puede suponer un riesgo para lo normal desarrollo del feto o para la salud de la propia trabajadora.
Esta situación la convierte en una trabajadora “especialmente sensible”, dado que por la suya estado biológico conocido es más vulnerable a los riesgos derivados de su trabajo, siendo susceptible de especial vigilancia y control.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en su artículo 25, bajo la rúbrica “Protección de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos”, contiene una regulación mediante la cual deber al empresario para garantizar la protección de todos aquellos trabajadores que puedan verse afectados de forma singular por algún riesgo identificado en el puesto de trabajo.
En España la LPRL contempla en su artículo 26º, la obligación empresarial de identificar aquellos riesgos que puedan ser peligrosos para la salud de las trabajadoras gestantes o del feto.
En consecuencia, el ámbito inicial de identificación y protección es en el campo laboral y sus responsables, la empresa, bien directamente o bien a través de los Servicios de Prevención (SP). La empresa está obligada a identificar, y en su caso corregir esta situación. En caso de que esto no fuera posible se puede optar por trasladar a la trabajadora a un puesto de trabajo exento de riesgo.
La empresa que adapta o reubica a la trabajadora en un puesto o función, tiene derecho a la reducción del 50% de la aportación empresarial en la cotización por contingencias comunes durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo.
Como ya se expuso, la identificación del riesgo y demás consideraciones en el ámbito laboral es responsabilidad de la empresa, aunque, cuando finalmente sea necesario suspender el contrato laboral y para que la trabajadora pueda acceder al subsidio correspondiente que compense la pérdida salarial, es la propia trabajadora a encargada de hacer el correspondiente trámite de solicitud.
Por tanto, aunque las decisiones, en un primero momento lo son en el campo puramente laboral, en momentos sucesivos es necesaria la intervención de personal sanitario. Bien sea el personal de los Servicios de Prevención propios o concertados por la empresa, bien en el ámbito asistencial por los facultativos encargados del seguimiento del embarazo o finalmente, por los médicos inspectores de las Entidades Gestoras, Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o Instituto Social de la Marina ( ISM), o de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social ( MCCSS) y, en el ámbito de las trabajadoras del sector publico tanto civil como militar, por los facultativos médicos de sus correspondientes Entidades Gestoras.
La decisión médica es, en ocasiones, complicada de tomar y en este sentido el presente documento intenta ofrecer una base científico-técnica para la toma de decisiones.
Durante esta jornada también se abordó la necesidad de una guía de ayuda para la valoración del riesgo laboral durante lo embarazo y el proceso de revisión, la gestión de la prestación, la intervención del servicio de prevención en la protección de riesgo en la situación de maternidad, los deberes de la empresa en esta situación y mismo la gestión del conflicto y cambio social.