El Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (ISSGA) es un organismo autónomo adscrito organicamente a la Consellería de Empleo e Igualdad. De acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2007, de 30 de octubre, por la que se crea y regula, y en sus estatutos aprobados por el Decreto 165/2014, se configura como un órgano técnico de la Xunta de Galicia en materia de seguridad y salud en el trabajo (en adelante SST).
Según lo establecido en dicha normativa, el ISSGA desarrolla su actuación mediante un plan anual, como instrumento fundamental para dar cumplimiento a sus finalidades y para desarrollar las funciones que le son propias, en el marco de la estrategia que en esta materia adoptan los poderes públicos de Galicia.
Fruto del Diálogo Social en Galicia son las sucesivas estrategias gallegas de SST, hasta la actual -para el período 2017-2020, que se prorroga un año más, acordada en el seno del Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral, que se adapta a las peculiaridades sociales, empresariales, demográficas, territoriales, etc. de Galicia. A esta deben unirse las sucesivas estrategias españolas, la vigente -2015-2020-, en la que Galicia participa tanto en su elaboración como en su ejecución, y en el ámbito europeo, como el actual Marco estratégico en materia de salud y seguridad en el trabajo 2014-2020.
Así, es objeto del plan anual el diseño y la priorización de acciones y medidas que se dirigen a la promoción, asesoramiento técnico, formación, información y seguimiento y control en materia de SST, en la ejecución de la vigente estrategia gallega. Para el 2021 se acordó la prórroga de la Estrategia gallega de SST 2017-2020 para lo que sirvió como antecedente el consenso unánime logrado en la Comisión Nacional de Seguridad y Salúd en el Trabajo respecto a la prórroga de la estrategia española.
Para la consecución de ese objetivo, este documento de planificación tiene una doble finalidad:
- Por una parte, servir de guion para la ejecución de las funciones y desarrollo de las actividades técnicas.
- Por la otra, dar a conocer con la máxima transparencia, a todas las personas y entidades interesadas, la planificación de las actividades e incluso la búsqueda de actores que se sumen a estas actuaciones.
En este plan se distinguen iniciativas nuevas que tienen una duración limitada en el tiempo, que puede ser anual o, en algunos casos, plurianual; otras que suponen la continuación de actividades iniciadas en años anteriores, y otras que constituyen actuaciones de carácter permanente del ISSGA de acuerdo con las funciones que tiene encomendadas según lo establecido en su ley de creación y en sus estatutos, y a medio plazo en el marco de la EGSST 2017-2020.
Son elementos de este Plan:
- La definición de los objetivos y resultados que se deben alcanzar.
- La asignación a las distintas unidades de desarrollo de los programas previstos.
- Los recursos personales, materiales y presupuestarios para su ejecución.
Este plan se dio a conocer en la reunión del órgano colegiado superior de gobierno del ISSGA que tuvo lugar el día 16 de noviembre de 2020, según consta en el acta de dicha reunión. Al amparo del artículo 36 de los estatutos, el Plan será aprobado, a propuesta del Consejo Rector, por orden de la consellería competente en materia de trabajo, dentro del marco de su estrategia plurianual (EGSST 2017-2020), contando con el informe favorable de la consellería competente en materia de hacienda, de acuerdo con lo establecido por la legislación de régimen financiero y presupuestario de la Comunidad Autónoma de Galicia.
