La elaboración de este Plan, que comprende los principales líneas de trabajo y actuaciones técnicas que desarrollará el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral (ISSGA) durante el año 2012, se circunscribe a su carácter de órgano técnico en materia de prevención de riesgos laborales, tal como lo define la Ley 14/2007 que lo crea y regula, y debe ceñirse a los fines y funciones que le asigna en su artículo 4. El cumplimiento de dichas funciones marca una línea de continuidad en muchas de las actividades reflejadas en este documento, fundamentalmente, en aquellas que se definen como de carácter permanente.
Marcan también cierto grado de continuidad los programas de carácter plurianual ya iniciados, y que por su extensión o complejidad precisan de más de un ejercicio para ser finalizados adecuadamente. Se consolidan las nuevas líneas de trabajo abordadas en 2011, año en el que se comenzaron a desarrollar actividades relacionadas con la ergonomía y la psicosociología laboral. También se comienzan a concretar las colaboraciones institucionales perfiladas el año pasado, especialmente en el terreno de la salud laboral.
Por otra banda como órgano encargado de la gestión y la coordinación de las políticas que en las materias de seguridad, higiene y salud laboral establezcan los poderes públicos de la Comunidad Autónoma para la mejora de las condiciones de trabajo, con el objeto de eliminar o reducir en el origen los riesgos inherentes al trabajo tiene una implicación directa en el cumplimiento del Plan Estratégico para la prevención de riesgos laborales en Galicia 2011-2014, cuyos objetivos y líneas inspiran una parte importante de las actuaciones del ISSGA para 2012.
Un condicionante importante de esta planificación es la disponibilidad de recursos económicos, que dada la situación general, y la particular de la administración autonómica, se ven forzosamente aminorados, especialmente en el Capítulo VI, que es el correspondiente a las inversiones, tanto materiales como inmateriales, que sirven de apoyo al desarrollo de las actividades del Instituto. Esta rebaja presupuestaria no debe suponer pérdidas, ni de la calidad ni de la cantidad de las actuaciones de este organismo: eficiencia es el término que define esta filosofía, que debe impregnar la actividad del ISSGA como organismo y la del todo su personal; sólo de esta manera será posible mantener el nivel técnico y el prestigio conseguido y consolidado por el ISSGA.
En la búsqueda de una mayor eficiencia, será necesario incrementar las líneas de colaboración, ya numerosas, que el Instituto tiene establecidas con otros agentes y organismos para juntar esfuerzos y que propicie sinergias que rindan más y mejores resultados con los recursos a disposición. Una de estas líneas de colaboración es la que establece la participación del ISSGA en el primer programa de desarrollo rural sostenible para el período 2010-2014 referida en la actividad DFS 8. Esta colaboración, que se instrumenta mediante un convenio firmado entre la Administración general del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia para la ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones incluidas en los Planes de zona de las zonas rurales, y consistirá en la ejecución de actividades de información y formación de los trabajadores del sector primario del ámbito rural, supondrá, de materializarse, una aportación de fondos finalistas del Estado que podrán añadirse al Capítulo VI, de manera que se consiga una cifra pareja a la del año 2011. A la hora de redactar este documento, la firma del Convenio mencionado fue aprobada por el Consejo de la Xunta, pero aun no se formalizó.
Las premisas que se definieron en 2011 como base para la planificación de las actividades técnicas del ISSGA siguen siendo, básicamente las mismas, matizadas por las consideración arriba expuestas:
- La cinscunscripción a los fines y funciones, que la Ley 14/2007 define en sus artículos 3 y 4.
- El cumplimiento de los objetivos y acciones definidos por el Plan Estratégico para la PRL en Galicia 2011-2014.
- Los recursos humanos y materiales disponibles, tanto propios como los que procedan de colaboraciones con otros agentes, que delimitarán su capacidad de obrar.
- Las necesidades propias del organismo, en la búsqueda de la mejora de su gestión y resultados, y de la potenciación de su papel como órgano coordinador de las políticas que en las materias de seguridad, higiene y salud laboral establezcan los poderes públicos de la Comunidad Autónoma.
- La eficiencia como criterio necesario en las circunstancias socioeconómicas y laborales actuales.
- La consolidación de las acciones emprendidas el pasado año frente a factores de riesgo antes poco considerados.
- Las actividades ya iniciadas de carácter plurianual, o las anuales que interesa prolongar en el tiempo, en función de su impacto y eficacia.
- La existencia de actividades no programables, que es consecuencia de la propia naturaleza de los cometidos que desarrolla el ISSGA, al actuar en los casos de accidente, o al atender a demandas y requerimientos de otros organismos o de los agentes sociales.
- La aparición de normativa y de criterios técnicos nuevos.
- El estado actual general de la PRL, la adaptación a los cambios y al progreso técnico que se produzcan en este terreno.
- Las necesidades y demandas de la sociedad en general, de los agentes sociales, y de las empresas y sus trabajadores y trabajadoras en concreto.
Dado que las dos primeras enmarcan y delimitan las actividades contenidas en este Plan, se incluyen al final del documento como anexos.

- Documentación